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ADVERSIDADES Y CONQUISTAS DEL FEMINISMO (2)
Precursoras y revolucionarias
A mi nieta Paula y su compromiso con el Feminismo
Las precursoras del Feminismo
Cristine de Pizan ( 1365- 1430 ). Con anterioridad al movimiento feminista moderno, sobresale a finales de la Edad Media esta mujer que se anticipó en la denuncia pública de la condición de la mujer. Tuvo una gran formación cultural en materias tan diversas como la Gramática, la Literatura, la Historia, Medicina y Astronomía, gracias al interés de su padre Tommaso de Pizzano, médico italiano, por educar a todos sus hijos en tales estudios, que residia en Venecia, cuando fué invitado a trabajar en la corte del rey francés Carlos V, en plena Guerra de los Cien Años. Esta mujer que contrajo matrimonio con el Secretario del rey Carlos V de Francia en 1380 demostró su afición a la escritura, inicialmente a la poesia, publicando “El Libro de las Cien Baladas” y a dirigir un taller de escritura supervisando las tareas de los calígrafos, encuadernadores y miniaturistas, tras el fallecimiento de su marido en 1390, para hacer frente a la situación económica vulnerable en la que estaba: viuda con tres hijos Sin embargo se dió a conocer públicamente como gran defensora de la mujer, con ocasion de un debate acerca de un escrito, en en el que se defendia la condición inferior de la mujer frente al hombre, derivada de su naturaleza. Ante esta idea, muy arraigada en la sociedad de su tiempo, Cristine de Pizan, escribió y publicó la tesis de que la inferioridad de la mujer en la sociedad no era por causas naturales sino por convenciones culturales impuestas por los hombres. Escribió en 1405 “ La ciudad de las Damas”, en la que analizaba el rol de grandes mujeres en la historia y la importancia del acceso de las mujeres a la educación y a la cultura :
“ No todos los hombres (sobre todo los más inteligentes) comparten la opinión de que es malo educar a las mujeres. Peros es cierto que muchos hombres estúpidos lo afirman, ya que no les gusta que las mujeres sepan más que ellos.”
Los ultimos años de su vida dada la inestabilidad política en Paris, vivió en un convento de monjas, donde su hija tomó los hábitos y siguió escribiendo sobre temas diversos y allí escribió el poema “ El sol volvió a brillar”, dedicado a Juana de Arco
– Mary Gourney ( 1565-1645 ). Nacida en Paris, quedó huerfana joven y su formación fué autodidacta adquiriendo una amplia cultura en la literatura clásica ( especialmente Plutarco y Séneca), Filosofia, Ciencias e Historia, nivel cultural que le llevó a tener una gran amistad con el escritor Michael Montaigne que le introdujo en los circulos literarios de Paris, y tras la muerte de éste, publicando la tercera edición de los “ Ensayos “ de Montaigne en 1595, de quien ella decia ser hija adoptiva del famoso escritor. Simultaneó el salón de tertulia literaria y política en su castillo de Gourney, con la publicación de varios libros sobre el tema de la reivindicación de la igualdad de la mujer con respecto del hombre, en el “Tratado de de la Igualdad del Hombre y de la Mujer” publicado en 1622, y años después “Agravio de Damas” influido por las ideas del escritor latino Plutarco en “Virtudes de las Mujeres”:
“Bienaventurado eres tú, lector, si no pertenece al sexo al que se le prohíben todos los bienes, privándole de la libertad; al que incluso se le prohíben casi todas las virtudes, alejándolo de cargos, oficios y funciones públicas. En una palabra, al que se le sustrae el poder – en cuyo ejercicio moderado se conforma la mayoría de las virtudes- con el fin de darle como única felicidad y como virtudes únicas y soberanas: la ignorancia, la servidumbre y la facultad de hacer el necio, si ése es el juego que le place. Bienaventurado eres, otra vez, porque puedes ser sabio sin cometer una ofensa: tú cualidad de hombre te concede, al igual que lo prohíbe a las mujeres, toda acción de altos vuelos, todo juicio sublime y toda exquisitez en el discurso especulativo”.
Escribió otras obras menores : “Apologia de la que escribe” y “La Copia de la vida de la Doncella de Gournay”.
Los precursores
Platón ( 429-348 a.C). Se le considera el filósofo griego que argumentó a favor de la igualdad de la mujer respecto del hombre en su obra de la “ La República”. La igualdad de las mujeres la consideraba necesaria en la educación que habían de recibir y en el acceso a los puestos de gobierno del Estado ciudad, aunque reconocia la superioridad física de los hombres. Por el contrario, su discípulo Aristóteles ( 384- 322 a.C ) defendió la inferioridad de la mujer y argumentó en contra de la igualdad entre mujer y hombre y a favor de la superioridad del hombre tanto físicamente como desde el punto de vista intelectual.
Francisco Poullain de la Barre ( 1647- 1723 ). Nació en Paris y estudio filosofia con notable influencia del filósofo Descartes, y teologia, odenándose sacerdote, que abandonó años más tarde, e impartió la enseñanza en una universidad suiza, convirtiéndose al calvinismo. Sus ideas giraron en torno a la defensa de la igualdad de las mujeres respecto de los hombres, que las publicó sucesivamente en las obras “ De la igualdad de los dos sexos” ( 1673), “Sobre la educación de las mujeres “ ( 1674 ) y finalmente escribió en un lenguaje irónico y sarcástico “Sobre la excelencia de los hombres contra la igualdad de los sexos “ (1675 ).
Benito Jerónimo Feijoo ( 1676- 1764 ). Nació en la provincia de Orense y estudió Filosofia, Teologia y Lenguas Clásicas e ingresó en la Orden Benedictina. Vivió el cambio cultural de la la Ilustración, interesándose por los avances de la ciencia, aunque la represión de la Inquisición no impidió que Feijoo asumiera el tono crítico y distante respecto de muchas de las ideas de siglos anteriores y entre otras, apoyó una visión mas igualitaria de la mujer. En su obra “ Teatro Crítico Universal o Discursos varios” dedica el Discurso 16, al estudio de la relevancia de la mujer en la historia y denuncia la desigualdad de la mujer en su tiempo, respecto del hombre, titulado “ De la Defensa de la Mujer “ ( 1726). Escribió asimismo “ Cartas Eruditas y Curiosas”.(1742-1760)
Mujeres en la Revolución Francesa de 1789
Las primeras reivindicaciones del feminismo tuvieron lugar en los primeros meses del año 1789 en el que fueron convocados los Estados Generales, en los que estaban representados por tercios, la nobleza, el clero y el tercer estado o burguesia. El Reglamento previsto de los Estados Generales, publicado en Enero de 1789, ofrecia una redacción ambigua respecto a la participación de las mujeres en dicha convocatoria, aunque la realidad impuso su exclusión, circunstancia que enervó los ánimos de muchas mujeres, incluso aristócratas. A ello se sumó la reacción de las mujeres del pueblo, motivada por la subida de los precios del pan a causa de la sequía y la caida de la producción de la cosecha de 1788. No obstante, fueron activistas de la causa de la revolución en los momentos iniciales, ya fuese encabezando la manifestación que marchó desde Paris hasta el palacio de Versalles donde residia el el rey Luis XVI con su familia, exigiendo que la familia real regresara a Paris, ya fuese escribiendo y repartiendo folletos en la ciudad de Paris y asistiendo a los debates de de la Asamblea Nacional desde las tribunas al serles prohibida ser Diputadas por su condición de mujer.
Hasta entonces, las mujeres de la aristocracia, en calidad de anfitrionas, invitaban en los salones de sus mansiones y palacios a encuentros sociales de músicos, filosofos, científicos, literatos, políticos, médicos y abogados, en los que se debatian las ideas de la Ilustración en materias científicas, filosóficas, literarias y políticas. Sin embargo, la dinámica del activismo de las mujeres del pueblo en las calles y en organizaciones sociales, llevaron durante unos años ( 1790-1793) a la constitución de centros sociales femeninos en los que se debatian asuntos políticos y de los problemas de los más desfavorecidos de la sociedad. Destacó inicialmente en París, la “ Sociedad Patriótica y de Beneficencia de las Amigas de la Verdad “, creada por Etta Palm d´Aelders y que mantuvo su actividad en 1791 y 1792. En 1993 la “Sociedad de las Ciudadanas Republicanas Revolucionarias”, fué constituida por Pauline León y Claire Lacombe aunque fué clausurado en octubre de 1793 al decretarse la prohibición de tales centros de debate y propaganda, por la facción jacobina bajo la dirección de Robespierre. Activista en los acontecimientos revolucionarios de 1789, Pauline León participó en la toma de la Bastilla el 14 de Julio de 1789 y leyó desde la tribuna de la Asamblea Nacional, una declararación y petición firmada por más de 300 mujeres solicitando formar parte de la Guardia Nacional. Entre otras aportaciones del movimiento de mujeres francesas a los debates de la Asamblea Nacional, fueron los Cuadernos de Peticiones que se presentaban reivindicando su participación y sus derechos políticos y a la educación. Sin embargo los trabajos de la Asamblea Nacional continuaron sin atender las peticiones de derechos políticos y libertades de las mujeres, proclamándose la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano el 26 de Agosto de 1789 y la aprobación de la Constitución de 1791.
En el transcurso de estos acontecimientos es obligada una especial mención a destacadas mujeres, entre otras a:
Olympe De Gouges ( 1748-1793 ) que participó en la redacción de folletos en los momentos iniciales de la revolución y presentó en la Asamblea Nacional el 28 de Octubre de 1791 la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, en un intento de reivindicar para la mujer los derechos que la Declaración del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional en el año 1789. Enfrentada a los jacobinos al oponerse a la pena de muerte del Rey Luis XVI y de Maria Antonieta, fué ejecutada en la gillotina en 1793. Por su especial relevancia en la historia de la lucha del feminismo, se incorpora su:
Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana
Olympe de Gouges
Preámbulo: Las madres, hijas, hermanas, representantes de la nación, piden que se las constituya en asamblea nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de 105 gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres y los del poder de los hombres puedan ser, en todo instante, comparados con el objetivo de toda institución política y sean más respetados por ella, a fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a partir de ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan siempre al mantenimiento de la constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos. En consecuencia, el sexo superior tanto en belleza como en coraje, en los sufrimientos maternos, reconoce y declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser supremo, los Derechos siguientes de la Mujer y de la Ciudadana:
- La mujer nace, permanece y muere libre al igual que el hombre en derechos.
- El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.
- La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer solo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.
- Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.
- La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.
- Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.
- La Ley solo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.
- Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.
- Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; si la mujer tiene el derecho de subir al cadalso, debe tener también igualmente el de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.
- La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece, sin que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley.
- La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.
- Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades.
- Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto igual, no solo en la fortuna sino también en la administración pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.
- La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir cuentas de su administración a todo agente público.
- Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción.
- Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser que la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y bajo la condición de una justa y previa indemnización.
Epílogo: Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad, ha sido injusto con su compañera. ; Oh, mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuándo dejaréis de estar ciegas? ¿Qué ventajas habéis obtenido de la revolución? Un desprecio más marcado, un desdén más visible. […] Cualesquiera sean los obstáculos que os opongan, podéis superarlos; os basta con desearlo.
En la Francia revolucionaria, destacaron otras mujeres que compartian las inquietudes de reivindicación de los derechos de la mujer y de la igualdad respecto a los hombres, entre las que se pueden citar:
Sophie de Condorcet ( 1764-1822 ) hija del marqués de Grouchy, contrajo matrimonio con el filósofo y científico Nicolas de Condorcet, que se identificó con los grandes ideales de la revolución y defendió la causa de los derechos de las mujeres a participar en la vida política. Sophie de Condorcet escribió “ Cartas de la Simpatia”, editó las obras de su marido Nicolas de Condorcet, una vez fallecido, y tradujo al francés la obra “ Teoria de los Sentimientos Morales ” escrita por Adam Smith, profesor de Filosofia Morall en la universidad de Glasgow y considerado como el padre de la Ciencia Económica liberal con su obra “ Investigación sobre la Naturaleza y Causas de la Riqueza de las Naciones” publicada en 1776. Asimismo, esta mujer, que fué una figura icónica de la Ilustración, celebraba reuniones en su mansión invitando a filósofos, científicos y políticos, entre los que cabe citar a Adam Smith ( economista), Thomas Jefferson ( político) y D´Alambert ( matemático y filósofo). Sobrevivió a todos los avatares de la revolución y falleció en tiempo de la restauración borbónica.
Charlotte Corday ( 1768-1793 ). Dada su corta vida no hay constancia alguna de obra escrita, pero fué lectora de Rousseau y Voltaire. Convencida de la causa de la revolución, apoyó a los girondinos frente a los jacobinos, a quienes consideraba los responsables de la deriva de la revolución hacia el terror por los numerosos asesinatos en las distintas ciudades francesas, y decidió actuar para llamar la atención de la necesidad de detener aquella masacre. Con esa finalidad, escogió a uno de los líderes jacobinos que más se habian destacado instigando al asesinato: Marat. Le visitó en su vivienda el 17 de Julio de 1793 y aprovechando un descuido de la persona que le cuidaba, le hundió un puñal en el costado mientras estaba en una bañera de agua, por causa de una enfermedad que padecia de la piel, falleciendo como consecuencia de la herida provocada. Tras ser interrogada reiteró sus argumentos que justificaban dicho asesinato y fué llevada a la guillotina el 19 de Julio de 1793. En la tradición del feminismo se la ha considerado una heroina por la crítica radical que formuló al considerar a Marat, una figura emblamática, responsable del terror en el que degeneró la revolución ditigida por los jacobinos, con la esperanza de salvar los grandes ideales de proclamados en la Declaración de Hombre y del Ciudadano de 1789.
Anne Louis Germain Necker. Madam de Staël ( 1766- 1817). Su formación respondía al marco cultural de la Ilustración, tras recibir una educación amplia en literatura, lenguas clásicas y retórica, en el ambiente familiar en el que se reunian destacados literatos, políticos y filósofos de la época. Al estallar el terror jacobino, marchó a la ciudad suiza de Coppet, donde abrió una salón celebrando tertulias literarias y políticas. Tras la muerte de Robespierre, volvió a Paris y reanudó su participación en las tertulias políticas y culturales que se celebraban, reivindicando los derechos de la mujer, la educación y la igualdad de la mujer con el hombre. Escribió los ensayos “ De la influencia de las pasiones sobre la felicidad de los individuos y de las naciones “ ( 1796) y “ De la literatura considerada en sus relaciones con las instituciones sociales “ (1800). Con el establecimiento del Consulado, Napoleón le pro Anne hibió que propagase sus ideas sobre los derechos y la igualdad de la mujer y fué obligada a exiliarse a Suiza en 1800, donde divulgó sus ideas acerca de la mujer en las novelas “ Delphine” ( 1802) y “ Corrine o Italia” (1807). Años más tarde, en 1816, regresó a Paris y abrió un salón de tertulia literaria y política.
Madam Roland o Jean Marie Philipon ( Manon ). ( 1754-1793). De formación autodidacta, y de origen humilde, contrajo matrimonio con Jean Marie Roland, filósofo y político, que por apoyar a los girondinos fueron perseguidos en el el período del terror de los jacobinos. Solía escribir en el periódico “ Le Courrier de Lyon” y su modesta vivienda fué escenario de debates y tertulias políticas en los primeros años de la revolución, hasta la llegada del terror, al ser detenida el 1 de Junio de 1793 y ejecutada en la guillotina el 8 de Noviembre de 1793. Sus ideas fueron publicadas en “ Llamamiento a la Imparcial Posteridad “ escrita por la Ciudadana Roland.

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Jerónimo Sánchez Blanco, es Doctor en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas, ex-Profesor de Historia Económica Mundial y Doctrinas Económicas y Ex Diputado Constituyente.
Vaya desde aquí nuestro más sentido agradecimiento por honrarnos con sus colaboraciones.
Magnífico y oportuno traer a la memoria que siempre, a lo largo de la historia de la humanidad, han brillado y siguen brillando luces de sabiduría, iluminados e iluminadas, que valientemente, contra corriente, manifestaron y manifiestan sus ideales para traer la paz y la concordia a este mundo de ciegos, hombres y mujeres. Recordemos que el machismo no es una actitud exclusiva de hombres. Gracias.