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Por Jerónimo Sánchez Blanco
(Invitado a la Conferencia “EL FUTURO DE EUROPA”)



Documentos presentados por Jeronimo Sánchez Blanco a la Conferencia sobre el Futuro de Europa
Anexo I. Propuesta a la Asamblea de Ciudadanos. Panel 2 . Valores y Derechos: Dignidad y Libertad
Antecedentes
La Unión Europea consagra en su Carta de Derechos Fundamentales, los valores, derechos y libertades sobre los que se han construido las bases éticas, morales y políticas de la Unión, desde su fundación hasta nuestros días. La Carta integra los derechos y libertades que en el enunciado de los distintos capítulos, anticipa el alcance y la importancia de su contenido, a saber: Dignidad, Libertades, Igualdad, Solidaridad, Justicia y Ciuadadanía. En este largo período de la construcción europea, incluso con anterioridad a la publicación de la Carta de los Derechos Fundamentales, dichos valores han sido el faro y la guía de la identidad europea, cuya adhesión es obligada para formar parte de la Unión Europea.
No obstante,se viene observando con mucha frecuencia, en distintos países que integran la Unión Europea, graves carencias de una información tan relevante para impulsar una identidad colectiva de Ciudadanía europea, en torno a las libertades y derechos fundamentales. En este sentido especialmente cabe indicar:
1.- Se constata un notable desconocimiento de la citada declaración de Derechos Fundamentales y Libertades, entre los ciudadanos de los Estados nacionales que forman parte de la Unión Europea. A lo sumo, en los distintos niveles de los planes de educación, e incluso en los discursos de los líderes políticos, se hace referencia a las Constituciones nacionales que regulan las instituciones, los derechos y libertades de los Estados, pero muy escasamente o casi nunca, se hace referencia a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
2.- La vulneración del derecho a la DIGNIDAD que regula el capítulo I de la Carta de Derechos Fundamentales, está muy extendida en las vejaciones, violencia física y verbal que se ejerce hacia los inmigrantes, los solicitantes de asilo y colectivos LGTBI, y otras minorías, tanto por ciudadanos como por dirigentes políticos de extrema derecha.
3.– Asimismo, se conculca el derecho de las mujeres a la DIGNIDAD, al derecho a la vida, como a la integridad de la persona, por quienes practican la violencia física, maltrato, agresiones sexuales y verbales. Aunque en diversos ordenamientos jurídicos nacionales existen leyes específicas para la lucha contra la denominada “violencia de género” o “machista”, hay sectores de la sociedad que le quitan relevancia a la misma, e incluso la justifican, equiparándola con la violencia ( muy escasa) de la mujer contra el varón. En este aspecto, ha sido muy oportuna la reciente aprobación por el Parlamento, incorporando el delito de violencia de género, al ordenamiento penal europeo.
4.- Igualmente, está muy extendida la vulneración de la LIBERTAD que regula el capítulo II de la referida Carta de Derechos Fundamentales. En la sociedad actual, con los avances tecnológicos alcanzados, los medios de comunicación convencionales y las redes sociales, infringen con frecuencia, el equilibrio entre libertad y seguridad, vulnerando la protección de datos personales y confidenciales y la difusión de las “fake news”, amparándose en la libertad de expresión e información. Toda información que no está contrastada su autenticidad y veracidad o bien sea totalmente sesgada y sectaria, daña y perjudica a terceros, por cuestiones ideológicas, inaceptables.
Propuestas
Primera. Aumentar de forma considerable los programas de información relativos a los derechos y libertades que regula la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea ( Dignidad, Libertad, Igualdad, Solidaridad, Justicia y Ciudadanía ) y hacer extensivos estos programas a los sectores educativos cuyas instituciones y centros tienen la responsabilidad de la formación de los ciudadanos ya sean jóvenes o adultos.
Segunda. Tal es la importancia de esta carencia y desinformación que es necesario que las instituciones de la Unión Europea, impulsen y cooperen de forma primordial, a la tarea que realizan los Estados nacionales y fomenten dicha información. A tal fin, se dote a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con medios humanos y materiales suficientes, para dar mas proyección, visibilidad y conocimiento a los ciudadanos europeos, de su protección, ya sea directamente o colaborando con los medios de comunicación y de formación privados.
Anexo II. Propuesta a la Asamblea de Ciudadanos. Panel 2. Derechos : Tutela Judicial
Antecedentes
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en su capítulo VI reconoce que toda persona cuyos derechos y libertades hayan sido vulnerados, tiene derecho a la tutela judicial efectiva y a las condiciones que se establecen en la misma, entre otras, a la presunción de inocencia. Además, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea reconoce como instituciones judiciales El Tribunal de Justicia de la Unión y el Tribunal de Derechos Humanos. Asimismo, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es un instrumento relevante en la defensa de los ciudadanos de la Unión Europea, aunque lamentablemente, poco conocida entre muchos ciudadanos europeos.
La realidad en diferentes países europeos es preocupante, porque en esta tarea, las instituciones legislativas y judiciales nacionales, utilizan criterios diferentes en el tratamiento de la libertad y de la dignidad por causa de la violencia dirigidas a determinados colectivos, por razón de su condición de mujer, de sus creencias religiosas, orientación sexual o género ( LGTBI); inmigrantes, menores no acompañados y solicitantes de asilo, así como a grupos étnicos determinados. Estas vulneraciones de sus derechos y libertades, son frecuentemente denunciadas ante las instancias judiciales nacionales con desigual eficacia.
Generalmente, la violencia física ( con resultado de muerte y heridas) es sancionada acorde con la proporcionalidad del daño ocasionado. Sin embargo la violencia verbal mediante falsedades, calumnias e injurias, salvo en casos excepcionales, no es sancionada por los tribunales de justicia nacionales, con la misma contundencia, alegando la libertad de expresión como causa que puede justificar cualquier discurso contrario a las creencias y actitudes de estos colectivos. Estas conductas se observan incluso en países europeos de tradición democrática, tolerando discursos incendiarios, incluso, de algunos líderes políticos mayoritariamente de ideologías de extrema derecha, contra sus oponentes políticos, crispando y polarizando el clima político, que conduce y lleva a la violencia física.
Propuestas
Primera. Potenciar la imagen y la acción de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, informando de sus fines y de los medios a su alcance, a través de los medios de comunicación, de las organizaciones humanitarias y ONGS. El actual marco informativo de los medios, oscila entre la noticia que alarma y crea consternación en el estado emocional de los ciudadanos ( naufragio de inmigrantes, llegada masivo de inmigrantes , la violencia contra los miembros LGTBI) y el silencio.
Segunda. Crear cauces estables y permanentes con las instituciones nacionales de la Judicatura ( Consejos y Tribunales Superiores, Fiscalía), Legislativos y Gobiernos ), que den a conocer el diagnostico y el seguimiento de los resultados que se alcanzan para cada uno de los países, en la defensa de los derechos fundamentales.
Tercera. Las actuaciones de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, pueden y deben contribuir a homogeneizar y armonizar los criterios de ña Judicatura en materia de jurisprudencia, sobre las materias señaladas, tan sensibles, organizando seminarios y equipos de trabajo, sin perjuicio de la independencia de los Tribunales de Justicia y de la labor de las Fiscalías de los países de la Unión Europea.
Cuarta. Dotar a la Agencia de los Derechos Fundamentales de los instrumentos jurídicos y materiales, para la defensa de estas personas y colectivos, que se han visto vulneradas en su dignidad y honor, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y no han tenido una tutela judicial efectiva de los Estados miembros de la Unión Europea.
Jerónimo Sánchez Blanco, es Doctor en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y Ex Diputado Constituyente.
Vaya desde aquí nuestro más sentido agradecimiento por honrarnos con sus colaboraciones.