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Por Jerónimo Sánchez Blanco
(Invitado a la Conferencia “EL FUTURO DE EUROPA”)



Documentos presentados por Jerónimo Sánchez Blanco a la Conferencia sobre el Futuro de Europa
Anexo III.
Propuesta a la Asamblea de Ciudadanos. Panel 2. Estado de Derecho: Independencia del Poder Judicial
Antecedentes
En el Tratado sobre la Unión Europea están reflejados como valores constitutivos de la Unión Europea: la defensa de los Derechos Humanos, la Democracia Representativa y el Estado de Derecho. Son los signos de identidad de todos los Estados miembros de la Unión. Sin embargo, en el informe relativo al año 2020, remitido por la Comisión a las restantes instituciones europeas se hace una evaluación específica respecto del Estado de Derecho para el conjunto de la Unión y para cada uno de los Estados miembros. En dicho informe se pone especial énfasis, entre otras indicaciones, en la importancia de la independencia del poder judicial, respecto de las autoridades gubernativas, siguiendo el Espíritu de las Leyes de Montesquieu, y señalando algunas desviaciones y reformas en curso, de algunos de los países integrantes.
En la actual Unión Europea, forman parte diferentes Estados bajo la forma de monarquía parlamentaria, república parlamentaria y república presidencialista. A estas características, se suman otras diferencias de sus sistemas políticos, según sean Estados descentralizados en una estructura federal, descentralizados en una estructura autonómica y regional y aquellos Estados centralizados . Ante esta realidad política, los valores fundamentales de la Unión Europea constituyen el armazón que une a sus Estados miembros. No obstante, esta complejidad, pone de manifiesto la dificultad de articular de forma homogénea, la división de poderes y de forma singular la independencia del poder judicial .respecto del poder legislativo y del poder ejecutivo. Además, el contexto histórico y las circunstancias han cambiado de forma extraordinaria con respecto al siglo XVIII cuando Montesquieu escribió El Espíritu de las Leyes.
Las cuestiones que se dilucidan no son las relativas al ejercicio jurisdiccional de los jueces y tribunales de justicia, en sus respectivas jurisdicciones y competencias, sino la composición de los órganos, ya sean de designación gubernativa, parlamentaria o por los propios jueces, que, a su vez, deciden los nombramientos de los magistrados de los Tribunales Superiores y Supremos. En los Estados miembros coexisten diversos modelos para la elección de los órganos supremos de la judicatura, tanto de aquellos que los nombra el presidente de la República o el Gobierno; como aquellos otros designados por los Consejos de los jueces y por los Parlamentos. A lo anterior, hay que añadir los distintos modelos de Fiscalía en los distintos Estados, su grado de independencia del Gobierno y las competencias atribuidas para instruir causas penales. Esta diversidad de modelos está creando tensiones y conflictos institucionales en los Estados miembros, que afecta al buen funcionamiento del Estado de Derecho en el seno de la Unión Europea.
Propuestas
Primera.– Es necesario que las instituciones de la Unión Europea y de forma destacada en el Parlamento, se constituya un grupo de trabajo para coordinar y proponer las reformas que se consideren justas y han de tener necesarias para homogeneizar los distintos modelos de designación de los Jueces y Fiscales para los órganos superiores de los Estados. Al menos, que defina los parámetros y criterios de forma transparente y coherente, para que se cumplan los requisitos necesarios que preserven la independencia judicial.
Segunda. Que el grupo de trabajo que se constituya en el Parlamento o en otra institución europea, de audiencia a las organizaciones judiciales y de fiscales de los Estados miembros y estudie sus propuestas.
Tercera. Al objeto de que las citadas propuestas de reformas, tengan encaje en las Constituciones y ordenamientos jurídicos de los países respectivos, han de tener conocimiento de ellas los Gobiernos de los Estados miembros e informarán de su viabilidad.
Cuarta. La ambigüedad de la Unión Europea en materia de independencia judicial, propicia frecuentes enfrentamientos entre las fuerzas políticas y entre los medios de información afines, que utilizan la opinión de algún miembro de la Comisión, de su portavoz o incluso del Comisario de Justicia, para aumentar la confusión y el enfrentamiento político, la lucha partidista y el deterioro de la imagen de la Unión Europea.
Anexo IV. Propuesta a la Asamblea de Ciudadanos. Panel 2 Estado de Derecho: Cooperación del Poder Judicial
Antecedentes
A medida que la integración de la Unión Europea fue progresando, las instituciones europeas observaron, que el sistema de decisión sobre extradición, adoptado por los Gobiernos de los Estados, vigente hasta entonces, era lento y creaba reticencias y desconfianza entre éstos. Sin embargo, el 13 de Junio de 2002 se aprobó la Decisión Marco del Consejo relativa a la orden de detención y a los procedimientos de entrega (ODE) entre Estados miembros. El objetivo de la misma, era alcanzar un espacio de libertad, seguridad y justicia, suprimiendo la extradición, que ha sido sustituido por un sistema entre autoridades judiciales, que garantiza que la orden de detención y entrega, esté sometido al control de la autoridad judicial del Estado en el que ha sido detenida la persona., con independencia de las autoridades gubernativas.
Desde la entrada en vigor de la ODE, se han reducido notablemente los plazos de detención y entrega que han afectado principalmente, a delincuentes y terroristas y se han aumentado las garantías judiciales del imputado. Sin embargo, se han constatado algunas dificultades, relativas a la delimitación de las autoridades judiciales y su independencia, respecto de la autoridades gubernamentales, así como, las excepciones y la precisión de la doble tipificación; y el control de la garantías procesales del detenido.
Recientemente, la opinión pública, ha conocido algunos desacuerdos entre las autoridades judiciales de diferentes Estados de La Unión Europea, que han afectado al entendimiento y puesta en práctica de la ODE emitida. España, en el caso de la ODE sobre el presidente y varios consejeros de la Generalitat catalana, ante las autoridades judiciales de Bélgica, Alemania y Reino Unido ; y la ODE emitida por Polonia, solicitando la detención y entrega de un presunto narcotraficante polaco, a las autoridades judiciales de Irlanda.
Propuestas
Primera. Reconocer los avances que ha tenido la ODE en agilizar y simplificar los procedimientos, y reforzar las garantías procesales de los detenidos y del control de las medidas que aplican las autoridades judiciales emisoras de la ODE. Cuando las circunstancias lo aconsejaren, es conveniente incoar procedimientos de infracción para aquellos Estados que incumplan las normas del Acuerdo Marco sobre la ODE.
Segunda. Mejorar la cooperación entre las autoridades judiciales, con los avances tecnológicos, con una mayor formación entre las autoridades judiciales, en la que participen y colaboren Eurojust, la Red de Formación Judicial y la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Sería de gran ayuda la creación de una base de datos acerca de la jurisprudencia sobre ODE
Tercera. Evaluar los desajustes de los instrumentos de cooperación judicial en materia penal del Acuerdo Marco, solicitando del Parlamento Europeo que periódicamente informe sobre la aplicación de los instrumentos de cooperación y su eficacia.Cuarta. El objetivo de alcanzar un espacio de libertad, seguridad y justicia, en la Unión Europea mejoraría el sistema de la ODE de forma progresiva, si se avanza en la armonización de las normas procesales y sustantivas penales entre los Estados, modulando y restringiendo el requisito de la doble tipificación, exigido en delitos con mayores penas y otros de procedimiento. De este modo, los conflictos y desencuentros entre las autoridades judiciales de los Estados, y la reacción de estupor y perplejidad de la opinión de los ciudadanos, sería menor para la imagen de la U.E.
Jerónimo Sánchez Blanco, es Doctor en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y Ex Diputado Constituyente.
Vaya desde aquí nuestro más sentido agradecimiento por honrarnos con sus colaboraciones.
He leido con gran interés los informes que nos ofrece Jerónimo. Me admira su capacidad de entusiasmo y la capacidad para intentar formalizar por escrito unas propuestas de futuro. A la mayor parte de los europeos se nos escapan muchos detalles lo cual indica que el nivel de EUROPEISMO es bajo. Desgraciadamente, lo que nos llegan a través de los MCS y redes sociales son las discrepancias y no los esfuerzos unificadores… Falta una tarea de pedagogía que construya la cultura global europea.. Gracias por tu esfuerzo, Jerónimo.
En febrero de 2022 he vuelto a releer los valiosos documentos que nos ofrece Jerónimo a través de Krisis… Muchos detalles se nos escapan a los que no somos juristas o no estamos tan acostumbrados al lenguaje político. Me me admira constatar la cantidad de temas y de formulaciones que deben ser comunes a la cultura de los ciudadanos de Europa.. ¿Cómo llevar estos planteamientos a los ciudadanos? He ahí el problema..